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ARTÍCULO 5° DE LEY N.° 17378. ACCESO A SERVICIOS DE INTÉRPRETES DE LENGUA DE SEÑAS URUGUAYAS. REGLAMENTACIÓN. (PROYECTO DE RESOLUCION)

¿Acceso real a intérpretes de Lengua de Señas Uruguaya? Nuevo proyecto de ley busca reglamentar el artículo 5° de la Ley N° 17.378.

El proyecto de resolución presentado por la senadora Alexandra Inzaurralde busca reglamentar el artículo 5° de la Ley N° 17.378, que garantiza el acceso a servicios de intérpretes de Lengua de Señas Uruguaya. La medida tiene como objetivo asegurar la implementación efectiva de esta ley, adoptando las medidas necesarias para garantizar el acceso a estos servicios. Esto puede tener un impacto positivo en la vida de las personas sordas o con discapacidad auditiva, que enfrentan barreras para acceder a servicios públicos y privados. Sin embargo, es importante evaluar si el proyecto de ley va lo suficientemente lejos en términos de financiamiento y recursos para garantizar su efectiva implementación. Los beneficiados directos serían las personas sordas o con discapacidad auditiva, mientras que los perjudicados podrían ser aquellos que no están dispuestos a adaptarse a las necesidades de accesibilidad.

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